Finanzas

¿Qué es el Modelo 720?

Última actualización: 11-06-2026
En 2022, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó que el régimen sancionador original del Modelo 720 era desproporcionado y contrario al derecho europeo, obligando a España a modificar las multas y los plazos de prescripción.

El Modelo 720 es una declaración tributaria de carácter estrictamente informativo exigida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) a los residentes fiscales en España. Su objetivo es informar sobre la titularidad de cuentas bancarias, valores, derechos, seguros, rentas y bienes inmuebles que se encuentren radicados fuera del territorio español.

En el sector de la corta estancia, esta obligación afecta directamente a los gestores de propiedades y propietarios residentes en España que posean viviendas turísticas en otros países o mantengan cuentas bancarias en el extranjero para cobrar reservas de plataformas internacionales.

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Cómo funciona

Los contribuyentes deben presentar este modelo telemáticamente entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año, informando sobre la situación de sus bienes a 31 de diciembre del año anterior. La obligación surge únicamente si el valor conjunto de los bienes en alguna de las tres categorías principales supera los 50.000 euros.

Una vez presentada la primera declaración, en los años sucesivos solo es obligatorio volver a presentar el modelo si el valor de los bienes en alguna categoría experimenta un incremento superior a 20.000 euros respecto a la última declaración, o si se pierde la titularidad de algún bien previamente declarado.

¿Por qué es importante?

Para los anfitriones con propiedades internacionales, el Modelo 720 es crucial para mantener el cumplimiento normativo y evitar sanciones de Hacienda. Muchos propietarios utilizan cuentas bancarias extranjeras asociadas a plataformas como Airbnb o Booking.com para recibir cobros en divisas locales, o poseen inmuebles turísticos fuera de España, lo que los sujeta a esta estricta obligación de reporte fiscal.

Ejemplos

  • Un anfitrión residente en Madrid que compra un apartamento en Portugal para destinarlo al alquiler turístico por un valor de 150.000 euros.
  • Una agencia de alquiler vacacional en Barcelona que mantiene una cuenta bancaria en Estados Unidos con un saldo de 60.000 dólares para recibir pagos internacionales.
  • Un propietario que vende una vivienda vacacional en Francia que ya había declarado previamente en el Modelo 720, debiendo informar a Hacienda de la cancelación de la titularidad.

Recursos oficiales y referencias

Preguntas frecuentes sobre Modelo 720

¿Quién está obligado a presentar el Modelo 720?+
Están obligados a presentar esta declaración todas las personas físicas y jurídicas residentes fiscales en España que sean titulares, representantes, autorizados o beneficiarios de bienes y derechos en el extranjero, siempre que el valor conjunto en alguna de las categorías principales (cuentas, valores o inmuebles) supere el límite legal de 50.000 euros.
¿Qué ocurre si tengo una cuenta en el extranjero con menos de 50.000 euros?+
Si la suma de los saldos a 31 de diciembre, o el saldo medio del último trimestre, de todas tus cuentas bancarias en el extranjero no supera los 50.000 euros en total, no tienes la obligación de presentar el Modelo 720 por la categoría de cuentas bancarias.
¿Tengo que pagar impuestos al presentar el Modelo 720?+
No, el Modelo 720 es una declaración de carácter puramente informativo. Su presentación no conlleva el pago de ningún impuesto directo. Sin embargo, los rendimientos que generen esos bienes, como los ingresos por el alquiler de un inmueble en el extranjero, sí deben declararse y tributar en la declaración de la Renta anual.
¿Qué pasa si no presento el Modelo 720 estando obligado?+
La falta de presentación, la presentación fuera de plazo o la inclusión de datos falsos o inexactos conlleva sanciones económicas por parte de la Agencia Tributaria. Aunque el Tribunal de Justicia de la Unión Europea anuló las multas desproporcionadas en 2022, el régimen sancionador general de la Ley General Tributaria sigue aplicándose a las infracciones.
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