Normativa y Legal

¿Qué es la Normativa de Andalucía para viviendas de uso turístico?

Última actualización: 11-06-2026
En 2024, el Decreto 31/2024 actualizó el marco original de 2016 (Decreto 28/2016), introduciendo mayores exigencias de habitabilidad y otorgando a los ayuntamientos andaluces más poder para limitar las licencias.

La normativa de Andalucía para viviendas de uso turístico es el marco legal autonómico que regula el alquiler de corta estancia en esta región española. Principalmente definida por el Decreto 28/2016 y su posterior actualización mediante el Decreto 31/2024, esta legislación establece los requisitos técnicos, de habitabilidad y administrativos que deben cumplir las propiedades para operar legalmente.

Esta regulación exige la inscripción obligatoria en el Registro de Turismo de Andalucía para obtener una licencia de Vivienda con Fines Turísticos (VFT). Además, otorga competencias a los ayuntamientos para limitar o prohibir nuevas licencias en zonas tensionadas, buscando equilibrar el desarrollo turístico con el mercado residencial local.

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Cómo funciona

Para operar bajo esta legislación, el propietario o gestor debe presentar una declaración responsable ante la Junta de Andalucía, certificando que el inmueble cumple con los requisitos de ventilación, climatización, mobiliario y limpieza. Una vez inscrita, la propiedad recibe un código alfanumérico (formato VFT/PR/00000) que debe mostrarse obligatoriamente en cualquier anuncio publicado en una OTA como Airbnb o Booking.com.

El decreto más reciente introduce la figura de la empresa gestora, permitiendo profesionalizar la explotación. También exige que las viviendas cumplan con normativas urbanísticas municipales, lo que significa que los ayuntamientos pueden denegar el uso turístico si los estatutos de la comunidad de propietarios lo prohíben expresamente o si la zona ha alcanzado su límite máximo de plazas.

¿Por qué es importante?

Comprender esta legislación es vital para evitar sanciones económicas severas y garantizar la continuidad del negocio. El incumplimiento de los requisitos de habitabilidad o la falta de registro se considera una infracción grave. Para facilitar el cumplimiento normativo, los gestores pueden apoyarse en herramientas tecnológicas; por ejemplo, el blog de Lodgify ofrece guías detalladas sobre cómo navegar estos cambios legales y mantener los anuncios al día.

Ejemplos

  • Un propietario en Sevilla que debe consultar el plan urbanístico local antes de solicitar su licencia VFT debido a las restricciones en el casco histórico.
  • Una agencia en Málaga que gestiona 20 apartamentos y debe registrarse formalmente como empresa gestora bajo el nuevo Decreto 31/2024.
  • La inclusión obligatoria del número de registro (ej. VFT/MA/12345) en todos los perfiles de plataformas de reservas para evitar la eliminación del anuncio.

Recursos oficiales y referencias

Preguntas frecuentes sobre Normativa de Andalucía

¿Qué diferencia hay entre una VFT y un apartamento turístico (AT) en Andalucía?+
Una Vivienda con Fines Turísticos (VFT) es un inmueble residencial que se cede para uso turístico de forma habitual, mientras que un Apartamento Turístico (AT) pertenece a un complejo o edificio destinado íntegramente a la explotación turística, sujeto a normativas más estrictas de servicios y clasificación por llaves.
¿Pueden las comunidades de vecinos prohibir las viviendas turísticas en Andalucía?+
Sí. Según la normativa vigente y la Ley de Propiedad Horizontal, las comunidades de propietarios pueden prohibir expresamente el establecimiento de nuevas viviendas turísticas en el edificio si aprueban una modificación de sus estatutos con una mayoría de tres quintos de los propietarios.
¿Qué requisitos de climatización exige la normativa andaluza?+
La normativa exige que las viviendas dispongan de refrigeración centralizada o aparatos fijos en las habitaciones y salones si se alquilan entre mayo y septiembre. Si el alquiler se realiza entre octubre y abril, es obligatorio contar con un sistema de calefacción adecuado en esas mismas estancias.
¿Es obligatorio llevar un registro de viajeros en Andalucía?+
Sí, es obligatorio registrar la identidad de todos los huéspedes mayores de 14 años y transmitir estos datos a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en un plazo de 24 horas tras el check-in, cumpliendo con la normativa nacional de seguridad ciudadana.
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